Venezuela,
uno de los países latinoamericanos con importantes potencialidades
en toda la región a nivel de sostenibilidad en turismo, agricultura
y forestería, insiste su gobierno en el modelo económico rentista
extractivista sin evaluar los graves impactos ambientales y
socioculturales que genera tal modelo para el desarrollo humano.
En
febrero de 2016 fue aprobado por parte del Ejecutivo Nacional el
Decreto N° 2.248 (Gaceta Oficial N° 40.855) denominado “Arco
Minero del Orinoco”, definido como un plan de inversión para la
explotación de minerales acumulados en diversos ecosistemas
perfectamente variados en los Estados Bolívar, Amazonas y Delta
Amacuro, resultando particularmente en un proyecto megaminero y
ecocida, destinado a la destrucción del patrimonio natural de la
nación, representado por sus parques nacionales, reservas forestales
y monumentos naturales. Éste Arco Minero se cuantifica en 111.843,70
kilómetros cuadrados, 12.2% del territorio nacional, es decir, mayor
al espacio geográfico de países como Panamá, Cuba, Portugal o
Bulgaria, con un plan de inversión que involucra a más de 150
empresas de 35 países.
La
creación de la Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras,
Petrolíferas y de Gas (CAMIMPEG) en enero de 2016 y la denominada
“Masacre de Tumeremo” denunciada a inicios de marzo del mismo
año, son dos hechos aparentemente inconexos que parecen converger en
el Decreto N° 2.248. El primero autoriza una empresa nueva, militar,
a ejercer la minería en el sur del país junto a la estatal
Minerven. Del resto, toda minería se asume como ilegal, aunque esto
no ha impedido una situación de
facto estos
últimos años en el Arco Minero. Una situación en la que se han
visto implicados cabecillas de distintos centros penitenciarios del
país, dentro del argot venezolano conocidos como “Pranes” y el
aval de estos por las Fuerzas Armadas y la Gobernación del estado
Bolívar.
Las
repercusiones de estos actos pueden verse en países como Brasil,
Ecuador y Perú, pertenecientes a la Amazonia, donde son comunes
altas tasas de deforestación, fuertes remociones de suelos,
colmatación de cauces, sedimentación de ríos y otros cuerpos de
aguas, contaminación mercurial y derrames de cianuro, con razones
para asomar riesgos que pueden padecer la población y los
ecosistemas venezolanos.
Por
ello, se considera al proyecto como una grave violación a los
derechos humanos consagrados de forma fundamental en el Titulo III:
De los Deberes, Derechos Humanos y Garantías de la Constitución de
la República Bolivariana de Venezuela, en sus Capítulos VIII y IX,
así como también en leyes orgánicas que enmarcan el cumplimiento
de normas y preceptos especiales, establecidos en el ordenamiento
jurídico venezolano.
El
Decreto del Arco Minero del Orinoco trae consigo una autorización
por para la explotación de una importante extensión de territorio,
entrando a un modelo rentista minero que es muchísimo peor que el
rentista petrolero, pues no hay forma de minería en el mundo que no
sea nociva y perjudicial para el medio ambiente, por tal motivo,
numerosos grupos ambientalistas, personalidades de la sociedad civil,
académicos y políticos han alzado su voz en contra del Decreto,
alegando que estas prácticas extractivistas sólo traerán consigo
graves consecuencias ambientales y sociales, con daños irreversibles
para la vida nacional.
En
base a los principios de Universalidad, Responsabilidad,
Indivisibilidad y Participación regentes de los Derechos Humanos y
los fines comunes perseguidos, el proyecto resulta insostenible
debido al carácter ilegal que este posee, considerándose un Decreto
inmediatista.
RONALD
A, GUEDEZ SILVA.
ACTIVISTA
DE DERECHOS HUMANOS.
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